Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la aplicación de la ley N° 20.742 en municipios. Concluyó que el procedimiento de la ley solo alcanza a quienes desempeñan un cargo nominado de director de control, o ejercen esa función desde un empleo genérico, siempre que hayan accedido a la jefatura por el procedimiento legal; en el caso analizado esto no ocurría, por lo que se desestimó la solicitud de reconsideración del dictamen N° 41.047, de 2014. Respecto del plazo para crear las unidades y cargos previstos en el artículo 16 de la ley N° 18.695, reiteró que, al no fijar la ley un término específico, las municipalidades deben implementarlo en el menor plazo, pues tienen ese deber desde el 1 de abril de 2014. Sobre la fecha desde la cual deben enterarse las remuneraciones resultantes de la adecuación de grados, se abstuvo de pronunciarse por existir un recurso de protección pendiente ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, conforme al artículo 6° de la ley N° 10.336.