Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre dos consultas de la Municipalidad de Futrono. Primero, determinó que el cargo de administrador municipal es incompatible con cualquier otra función en la Administración del Estado, por lo que no procede que quien lo ocupa desempeñe también labores de jefe de la unidad de control. Segundo, indicó que, al no estar el cargo de jefe de la unidad de control nominado en la planta municipal, sus funciones deben asignarse a un funcionario que cumpla el nivel educacional exigido por el artículo 12 de la ley N° 19.280 para ingresar a la planta de directivos o jefaturas, y que posea un título profesional afín a materias contables, presupuestarias, financieras y legales. Según el dictamen, para esa asignación no resulta aplicable el concurso público previsto en el artículo 29 de la ley N° 18.695, por lo que la municipalidad debe ajustarse a este pronunciamiento.