El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipali…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Padre H., que había negado el acceso a documentos presentados al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y al Gobierno Regional, relativos a la solicitud de incluir la comuna en la red de transporte público durante el período indicado. El Consejo consideró que se trata de información de naturaleza pública, conforme al artículo 8° de la Constitución y a la Ley de Transparencia. Además, el organismo no negó en esta sede que la información obrara en su poder ni logró acreditar la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la ley. En consecuencia, se ordenó la entrega de la información, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se exigió acreditar su cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Resolución Exenta N° 491
Oficio Ord. N° 155
Oficio Ord. N° 247
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Puede una municipalidad negar el acceso a documentos que envió a un ministerio o a un gobierno regional si se le pide por transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar la información, al considerar que es de naturaleza pública y que la municipalidad no logró acreditar la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia.
¿Qué pasa si un organismo público no cumple una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo ordenó la entrega bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia y exigió acreditar su cumplimiento, sin que el resumen detalle la sanción aplicable.
¿Qué recurso existe contra una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?
En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
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