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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Padre H., por la negativa a entregar información sobre su personal de planta, contrata y honorarios correspondiente a los años 2008 a 2013, desagregada en la forma requerida. El Consejo fundó su decisión en que se trata de información de naturaleza pública que obra en poder del órgano recurrido, sin que se acreditara que hubiera sido entregada en la forma pedida. En su parte resolutiva, ordenó la entrega de la información y advirtió que, una vez firme la resolución, la no entrega oportuna en la forma decretada se sanciona con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente, con duplicación de la sanción y suspensión en el cargo de cinco días si la jefatura persiste en su actitud. Asimismo, exigió acreditar el cumplimiento ante el Consejo y dispuso la notificación de la decisión. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Oficio N° 2036
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona pedir a un municipio la información sobre su personal de planta, contrata y honorarios?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y sostuvo que esa información es de naturaleza pública y obra en poder de la municipalidad, por lo que ordenó su entrega en la forma requerida.

¿Qué sanción enfrenta un jefe de servicio que no entrega la información ordenada por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo advirtió que, una vez firme la resolución, la no entrega oportuna se sanciona con multa de 20% a 50% de la remuneración, duplicable, y con suspensión en el cargo de cinco días si la jefatura persiste.

¿Cuál es el plazo para reclamar contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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