Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una recurrente, que actuaba en representación de una ex profesional funcionaria del Hospital Base de Los Ángeles, quien pedía modificar un dictamen anterior porque, a su juicio, el tiempo correspondiente a la asignación de antigüedad o trienio no había sido considerado en el cálculo de sus pensiones. El organismo recordó que, conforme al artículo 7° de la ley N° 15.076, en armonía con los artículos 27, letra b), y 30 de la ley N° 19.664, este beneficio tiene naturaleza remuneratoria y no se considera en la determinación de los beneficios previsionales, aunque el tiempo que representa sirve de base para calcular la pensión. Constató que a la ex funcionaria se le reconocieron nueve trienios, utilizados en el cálculo de su primera pensión, y que en la segunda solo se consideró el período en que los cargos estuvieron ligados. Por no existir elementos nuevos, la Contraloría ratificó el dictamen N° 11.022, de 2009, concluyendo que los beneficios previsionales otorgados se ajustan al ordenamiento jurídico.