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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a información pública pres…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a información pública presentado contra el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Lagos. Al analizar su admisibilidad, el Consejo advirtió que no existía claridad sobre la infracción alegada, ya que la información pudo revisarse conforme a las instrucciones entregadas por el propio órgano reclamado, sin dificultades de acceso. Dado que el reclamante no subsanó ni aclaró su presentación en el plazo de cinco días hábiles que el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia permite otorgar, el Consejo declaró inadmisible el amparo, conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al mismo artículo 46. La decisión fue adoptada por unanimidad y no admite recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadVivienda

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un amparo de acceso a la información pública no es claro sobre la infracción alegada y no se corrige en plazo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque no quedaba claro cuál era la infracción y el reclamante no lo subsanó ni aclaró dentro de los cinco días hábiles que permite el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia.

¿Procede el amparo si la información pudo revisarse conforme a las instrucciones del propio órgano reclamado?

En este caso, el Consejo advirtió que, si la información pudo revisarse según las instrucciones entregadas por el órgano, sin dificultades de acceso, no existía claridad sobre la infracción alegada, lo que motivó la inadmisibilidad.

¿Cabe recurso de reposición contra la resolución que declara inadmisible un amparo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, la decisión de inadmisibilidad fue adoptada por unanimidad por el Consejo para la Transparencia y no admite recurso de reposición, según lo indicado en el resumen.

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