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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de dos reservista…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de dos reservistas llamados al servicio activo en el Ejército, quienes cuestionaban la decisión de ponerles término a ese llamado. Los reservistas sostenían que dicha medida les impediría acogerse a retiro al cumplir 30 años de servicios, les impediría ser promovidos y vulneraría la libertad de trabajo garantizada por la Constitución. El organismo concluyó que el artículo 56 de la normativa aplicable otorga a la autoridad una facultad discrecional para desvincular a los reservistas cuando lo requieran las necesidades institucionales, y que el acto respectivo debe ser motivado. Señaló que acogerse a retiro a los 30 años es una posibilidad y no un derecho, y que la promoción es una mera expectativa que solo se concreta cuando la autoridad la dispone, por lo que no se pronunció sobre esa situación hipotética. Finalmente, descartó la vulneración constitucional, al considerar que quienes ingresan voluntariamente a la Administración del Estado se someten a un régimen de derecho público que contempla causales de cese, entre ellas el término del llamado al servicio activo.

Normas citadas

  • dl 2306/78 art/49 lt/b
  • dl 2306/78 art/56
  • dto 19/2001 SEPRE art/1
  • ley 19880 art/52
  • res 1600/2008 CONTR art/7 num/7/2/4
  • pol art/19 num/16
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede el Ejército poner término al llamado al servicio activo de un reservista antes de que cumpla el plazo previsto?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el artículo 56 de la normativa aplicable otorga a la autoridad una facultad discrecional para desvincular a los reservistas cuando lo requieran las necesidades institucionales. Agregó que el acto respectivo debe ser motivado.

¿Tiene un reservista derecho a acogerse a retiro al cumplir 30 años de servicios si su llamado al servicio activo termina?

En este caso, la Contraloría concluyó que acogerse a retiro a los 30 años es una posibilidad y no un derecho. Por eso no se pronunció sobre la hipótesis de que el término del llamado impida ese retiro.

¿Vulnera la libertad de trabajo el término del llamado al servicio activo de reservistas?

En este caso, la Contraloría descartó la vulneración constitucional. Consideró que quienes ingresan voluntariamente a la Administración del Estado se someten a un régimen de derecho público que contempla causales de cese, entre ellas el término del llamado al servicio activo.

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