Resumen
La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración de su dictamen N° 85.158, de 2013, que declaró improcedente otorgar licencias de conducir profesionales a personas que no cumplen la norma de aprobación del examen de agudeza visual prevista en el decreto N° 170, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. El organismo analizó la Ley de Tránsito N° 18.290, en particular sus artículos 19 y 22, y el Reglamento para el O.L.C., concluyendo que la licencia restringida solo puede otorgarse en casos calificados, cuando la deficiencia no sea grave, y únicamente como licencia no profesional, por menos de cuatro años. Al no existir contradicción entre la ley y el reglamento, y no aportarse nuevos antecedentes, ratificó el dictamen en todas sus partes.