El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto por un ciudadano en contr…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto por un ciudadano en contra del Instituto de Previsión Social, que no había entregado oportunamente la documentación solicitada sobre gastos incurridos en cometidos funcionarios y sobre los propios cometidos. El órgano alegó que la entrega afectaba el debido cumplimiento de sus funciones, pero el Consejo desestimó esa alegación por considerar que los antecedentes pedidos son información pública, que no son necesarios para defensas jurídicas o judiciales, que el requerimiento no es genérico y que no se acreditó afectación a derechos de terceros. En consecuencia, ordenó entregar las rendiciones de gastos con sus comprobantes y los cometidos no encontrados, o informar fundadamente si la información no obra en su poder, en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.
Normas citadas
Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGrupos de interés especial
Preguntas frecuentes
¿Un organismo público puede negarse a entregar gastos de cometidos funcionarios alegando que la entrega afecta el cumplimiento de sus funciones?
En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó esa alegación del Instituto de Previsión Social, porque los antecedentes son información pública, no son necesarios para defensas judiciales, el requerimiento no era genérico y no se acreditó afectación a terceros. Por eso ordenó la entrega.
¿Qué debe hacer un organismo público si no tiene en su poder la información de cometidos funcionarios que le pidieron?
Según esta resolución, el organismo debe informar fundadamente que la información no obra en su poder, dentro del plazo ordenado por el Consejo. La orden de entrega incluía esa alternativa para los cometidos no encontrados.
¿Qué plazo tiene un organismo para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?
En este caso, el Consejo ordenó entregar la documentación o informar fundadamente en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quedara ejecutoriada. Se advirtió además la aplicación del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento.
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