Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si exfuncionarios que percibieron los beneficios de las leyes N°s. 19.882, 20.305 y 20.734 pueden reincorporarse o prestar servicios en entidades comprendidas en esas normas. El órgano concluyó que las entidades de educación, salud y atención de menores creadas por el decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del ex Ministerio del Interior, están incluidas en la ley N° 20.305, por lo que el impedimento se extiende a ellas. En cambio, no se aplica a universidades privadas ni a sociedades civiles, por ser personas jurídicas de derecho privado que no forman parte de la Administración. La Contraloría se abstuvo de pronunciarse sobre una consulta genérica por no indicarse un organismo determinado. Además, sostuvo que, si el exfuncionario beneficiario presta servicios a esas entidades a través de una empresa individual de responsabilidad limitada, le siguen siendo aplicables las restricciones, dado que la condición personal del titular está ligada a la persona jurídica que constituye.