Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un funcionario que percibió la bonificación por retiro de la ley N° 20.589 y que consultó si puede reincorporarse al cargo de titular que conserva en la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Lagos. El organismo concluyó que no resulta aplicable la inhabilidad del artículo 7° de la ley N° 20.589, pues consta que el interesado mantuvo la calidad de funcionario titular de esa Secretaría, por lo que puede reincorporarse a ese servicio al cesar su vinculación con la Municipalidad de Puerto Montt. Advirtió, sin embargo, que no podrá ser nombrado o contratado en nuevos cargos de las entidades que indica el artículo 7° durante cinco años desde el término de su relación laboral con el municipio, salvo que previamente devuelva la totalidad del beneficio percibido, reajustado en unidades de fomento más interés corriente. Asimismo, desestimó la objeción basada en el decreto N° 109, de 2007, del Ministerio de Salud, por no referirse al beneficio consultado, y descartó el derecho a la bonificación de la ley N° 20.612, por no estar contemplados en su artículo 1° los funcionarios regidos por las leyes médicas N°s. 15.076 y 19.664 ni por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.

Normas citadas

  • ley 15076
  • ley 19664
  • dto 109/2007 salud
  • ley 20589 art/1
  • ley 19378
  • ley 15076 art/14 inc/3
  • ley 20589 art/7
  • ley 20209 art/primero
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué restricciones impone la ley 20.589 a quien recibió la bonificación por retiro si quiere ser contratado nuevamente en el sector público?

En este caso, el organismo advirtió que el funcionario no podrá ser nombrado o contratado en nuevos cargos de las entidades del artículo 7° durante cinco años desde el término de su relación con el municipio, salvo que previamente devuelva el beneficio percibido reajustado con interés corriente.

¿Los médicos regidos por las leyes 15.076 y 19.664 tienen derecho a la bonificación de la ley 20.612?

En este caso, la Contraloría descartó ese derecho, porque el artículo 1° de la ley 20.612 no contempla a los funcionarios regidos por las leyes médicas 15.076 y 19.664 ni por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2013 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República dictaminó que no procede otorgar la bonificación…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una ex funcio…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la inhabilidad de reingreso a…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República acogió la solicitud de una docente y reconsideró…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una docente m…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.