Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de una entidad pública que pretendía reincorporar a exfuncionarios que percibieron beneficios de las leyes N°s. 19.882, 20.212, 20.734 y 20.305, antes de cumplirse cinco años desde su cese. El dictamen señala que, conforme al tenor literal de dichas normas, la reincorporación a la Administración del Estado durante ese plazo solo es posible si se devuelve la totalidad del beneficio percibido, expresado en unidades tributarias anuales o de fomento, más los intereses corrientes. No se admite devolución proporcional ni reducción del plazo. Respecto de la ley N° 20.305, al no contemplar plazo, cualquier reincorporación posterior obliga a la devolución íntegra del bono.