Resumen
La Contraloría General de la República rechazó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 22.766, de 2016, por no aportarse nuevos antecedentes de hecho o de derecho. La peticionaria consultaba si un funcionario municipal debía devolver las sumas percibidas por servicios a honorarios prestados en un juzgado de policía local mientras estaba separado de sus funciones. El organismo resolvió que el funcionario no está obligado a restituir lo percibido por ese contrato a honorarios, y que se deben efectuar las reliquidaciones y pagos que procedan a su favor cuando las remuneraciones que le correspondían por el período de separación por fuerza mayor sean superiores a lo recibido por ese vínculo.