El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones. El reclamante cuestionaba la demora en la respuesta a su solicitud de permanencia definitiva, pero no alegaba la falta de publicación o de completitud de la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos. Por ello, el Consejo concluyó que el reclamo carecía de un elemento habilitante para su interposición, al no existir un incumplimiento de los artículos 7º de la Ley de Transparencia ni 51 de su Reglamento. La resolución fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes y es recurrible mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Procede un reclamo por transparencia activa si se cuestiona la demora de un servicio público en resolver una solicitud de residencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo porque el reclamante no alegó falta de publicación o de completitud de la información que deben mantener los órganos de la Administración en sus sitios electrónicos. Sin ese incumplimiento de los artículos 7º de la Ley de Transparencia ni 51 de su Reglamento, no hubo elemento habilitante para reclamar.
¿Qué requisito debe cumplirse para presentar un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa ante el Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo sostuvo que el reclamo debe fundarse en un incumplimiento de las obligaciones de publicación o completitud de la información en los sitios electrónicos, conforme a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento. Como el reclamante no invocó ese tipo de falla, el reclamo fue declarado inadmisible.
¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo de transparencia activa cabe recurso?
En este caso, la resolución que declaró inadmisible el reclamo es recurrible mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente. Fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes del Consejo.
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