Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Defensoría de los Derechos de la Niñez, por la negativa a entregar información sobre las medidas adoptadas en determinados casos relativos a niños, niñas y adolescentes. El Consejo ordenó la entrega de la información, previo tarjado de datos personales y sensibles de contexto, por tratarse de información de naturaleza pública, por haberse constatado que el enlace web remitido por el órgano no permitía acceder a ella y por no haberse alegado causales de secreto o reserva. Asimismo, desestimó la alegada inexistencia de la información conforme al estándar de la Instrucción General N° 10. Se fijó un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se exigió acreditar la entrega efectiva. Si la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo con las razones correspondientes.