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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una funcionar…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una funcionaria de un Servicio de Salud que solicitó la rebaja de la edad exigida para acceder a la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.612, invocando haber desempeñado labores calificadas como pesadas. El organismo recordó que la ley establece cupos anuales limitados, con distribución entre hombres y mujeres y criterios de selección por edad, renta y antigüedad, y que sus incisos segundo y tercero del artículo 6° permiten rebajar las edades exigidas en los casos del artículo 68 bis del decreto ley N° 3.500, previa certificación del Instituto de Previsión Social o de la administradora de fondos de pensiones. Concluyó que, si la funcionaria cumple esos requisitos, tiene derecho a acceder al beneficio antes de la edad habitual, debiendo repostular durante el período 2014, ya que no logró obtener cupo en los años 2012 y 2013.

Normas citadas

  • ley 20612 art/1 inc/2
  • ley 20612 art/1 inc/4
  • ley 20612 art/6 inc/2
  • ley 20612 art/6 inc/3
  • dl 3500/80 art/68 bis
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se puede rebajar la edad exigida para la bonificación por retiro voluntario de la ley 20.612 si se trabajó en labores pesadas?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los incisos segundo y tercero del artículo 6° de la ley 20.612 permiten rebajar las edades exigidas en los casos del artículo 68 bis del decreto ley 3.500, previa certificación del Instituto de Previsión Social o de la administradora de fondos de pensiones. Si se cumplen esos requisitos, la persona puede acceder al beneficio antes de la edad habitual.

¿Cómo funciona el cupo anual de la bonificación por retiro voluntario de la ley 20.612?

En este caso, la Contraloría recordó que la ley fija cupos anuales limitados, distribuidos entre hombres y mujeres, y que la selección considera la edad, la renta y la antigüedad. Por eso no obtener cupo en un año no asegura el beneficio en los siguientes.

¿Qué ocurre si una persona no obtiene cupo para la bonificación por retiro voluntario en un año?

En este caso, la Contraloría concluyó que, al no haber obtenido cupo en los años anteriores, la funcionaria debe repostular en el período siguiente para acceder al beneficio. La postulación se hace nuevamente en el período correspondiente, sin que el año anterior garantice el cupo.

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