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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública deducido contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales por una solicitud previamente subsanada. El Consejo concluyó que la reclamación fue presentada antes de vencer el plazo legal de 20 días hábiles con que el organismo contaba para responder, por lo que resultó anticipada y, en consecuencia, extemporánea. Por ello, declaró inadmisible el amparo. Se dejó constancia de que, si no se recibe respuesta, la parte podrá presentar un nuevo amparo dentro de quince días hábiles desde la expiración de ese plazo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación, y no procede recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Oficio N° 5969
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Puede presentarse un amparo de acceso a la información antes de que venza el plazo para que el organismo responda?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que el amparo fue presentado antes de vencer el plazo legal de 20 días hábiles con que contaba el organismo para responder, por lo que resultó anticipado y extemporáneo, y lo declaró inadmisible.

¿Qué puede hacer una persona si el organismo no responde a su solicitud de información dentro del plazo?

Según este fallo, si no se recibe respuesta, la parte puede presentar un nuevo amparo dentro de quince días hábiles desde que expiró el plazo legal de respuesta del organismo.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo procede reposición o reclamo de ilegalidad?

En este caso, el Consejo sostuvo que no procede recurso de reposición, sino reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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