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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto contra el Servicio Nacional del Consumidor, relacionado con un acta de audiencia de lobby. Durante el análisis de admisibilidad se constató que no era clara la infracción alegada por el reclamante. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, el Consejo le otorgó cinco días hábiles para subsanar o aclarar la reclamación, advirtiéndole que de no hacerlo se declararía inadmisible. Como el reclamante no realizó presentación alguna, el Consejo aplicó el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 del Reglamento para resolver la inadmisibilidad. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes y se ordenó notificarla a las partes. Contra ella no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se aclara un amparo de acceso a la información que no es claro en la infracción alegada ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia otorgó cinco días hábiles para subsanar o aclarar la reclamación, advirtiendo que de no hacerlo se declararía inadmisible. Como el reclamante no hizo presentación alguna, el Consejo declaró inadmisible el amparo aplicando el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 de su Reglamento.

¿Procede el recurso de reposición contra la resolución que declara inadmisible un amparo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que contra la decisión de inadmisibilidad no procede el recurso de reposición. La resolución se notificó a las partes.

¿Cómo se decide la admisibilidad de un amparo por acceso a la información contra un servicio público relacionado con un acta de audiencia de lobby?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató en el análisis de admisibilidad que no era clara la infracción alegada por el reclamante contra el Servicio Nacional del Consumidor. La decisión de inadmisibilidad se adoptó por unanimidad de los miembros presentes.

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