Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Lampa, por la negativa a entregar información sobre el patrimonio municipal. La solicitud requería la especificación de todos los activos de propiedad municipal, incluyendo bienes raíces, vehículos, acciones, valores, depósitos, bonos, negocios, empresas, derechos y cuotas, con indicación de sus inscripciones vigentes. El órgano había invocado la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia, la que fue desestimada por no acreditarse que atender el requerimiento interrumpiera el cumplimiento de otras funciones públicas ni exigiera una dedicación desproporcionada en desmedro de la atención de las demás personas. En consecuencia, se ordenó al Alcalde entregar la información en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46, y acreditar su entrega ante el Consejo.