Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de la calificación de un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile correspondiente al período 2009-2010, que lo ubicó en la Lista N° 4, Mala. El funcionario sostenía que la notificación de un informe de su Comisión Médica, que declaró no compatible con el servicio la dolencia que lo tenía con licencia, le impidió defenderse durante el proceso evaluatorio, y que ese informe no correspondía a su condición de salud actual. El organismo concluyó que no se advertía cómo esa actuación pudo afectar sus derechos, pues el afectado ya había deducido todos los recursos legales contra su calificación antes de esa notificación. Respecto de la discrepancia médica, precisó que, conforme al artículo 73 del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, corresponde a la Comisión Médica examinar a los funcionarios, por lo que no procede que el órgano contralor revise los antecedentes de esa decisión. Al no advertir arbitrariedad ni vicio de legalidad, dictaminó que la inclusión en la Lista N° 4 se ajusta a derecho.