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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de la califica…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de la calificación de un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile correspondiente al período 2009-2010, que lo ubicó en la Lista N° 4, Mala. El funcionario sostenía que la notificación de un informe de su Comisión Médica, que declaró no compatible con el servicio la dolencia que lo tenía con licencia, le impidió defenderse durante el proceso evaluatorio, y que ese informe no correspondía a su condición de salud actual. El organismo concluyó que no se advertía cómo esa actuación pudo afectar sus derechos, pues el afectado ya había deducido todos los recursos legales contra su calificación antes de esa notificación. Respecto de la discrepancia médica, precisó que, conforme al artículo 73 del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, corresponde a la Comisión Médica examinar a los funcionarios, por lo que no procede que el órgano contralor revise los antecedentes de esa decisión. Al no advertir arbitrariedad ni vicio de legalidad, dictaminó que la inclusión en la Lista N° 4 se ajusta a derecho.

Normas citadas

  • dto 28/81 Defen art/5 inc/1
  • Dfl 1/80 Defen art/73
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría revisar la calificación de un funcionario de la PDI si este dice que la Comisión Médica declaró no compatible su dolencia con el servicio?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no procede que revise los antecedentes de la decisión de la Comisión Médica, porque el artículo 73 del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, asigna a esa comisión el examen de los funcionarios.

¿Es nula una calificación si el funcionario no fue notificado oportunamente de un informe médico que le afectaba durante el proceso evaluatorio?

En este caso, la Contraloría concluyó que no se advertía cómo esa notificación afectó los derechos del funcionario, porque ya había deducido todos los recursos legales contra su calificación antes de recibirla.

¿Cuándo se considera ajustada a derecho la inclusión de un funcionario de la PDI en la Lista N° 4, Mala?

En este caso, la Contraloría dictaminó que la inclusión en la Lista N° 4 se ajusta a derecho porque no advirtió arbitrariedad ni vicio de legalidad en el proceso de calificación del funcionario.

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