Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo formulado en el contexto de un sumario administrativo instruido en la Municipalidad de Timaukel. El organismo recordó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Contraloría, el Contralor o un funcionario especialmente facultado puede ordenar la instrucción de sumarios, que son el medio para establecer los hechos investigados y las responsabilidades que de ellos deriven. Asimismo, indicó que el artículo 133 de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, obliga a los servidores municipales a prestar la colaboración que el fiscal les solicite, con el fin de que el instructor reúna los antecedentes necesarios. En consecuencia, la Contraloría desestimó el reclamo, reiteró a la autoridad comunal y a los demás funcionarios del municipio su deber legal de colaborar con la instrucción, y precisó que, según el artículo 8° de la Ley N° 10.336, el Contralor, directamente o a través de sus inspectores o delegados, puede requerir el auxilio de la fuerza pública para estos efectos.