Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoRechaza

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado contra el Ejército de Chi…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado contra el Ejército de Chile, que buscaba la copia de un oficio conductor mediante el cual se habría cursado una denuncia. El órgano requerido sostuvo que el documento no existe y no obra en su poder, y el Consejo no encontró antecedentes que contradijeran esa afirmación. Conforme a los artículos 5 y 10 de la Ley de Transparencia, sólo es pública la información que efectivamente esté en poder de los órganos de la Administración, por lo que no procede exigir la entrega de información inexistente. La decisión fue adoptada por unanimidad, y contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede exigir mediante la Ley de Transparencia la entrega de un documento que el órgano público dice que no existe?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque el Ejército afirmó que el oficio no existe ni obra en su poder, y no encontró antecedentes que lo contradijeran. Conforme a los artículos 5 y 10 de la Ley de Transparencia, solo es pública la información que efectivamente esté en poder de los órganos de la Administración.

¿Qué plazo hay para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo resolvió que contra su decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación. La resolución fue adoptada por unanimidad.

¿Qué debe hacer una persona si cree que un órgano del Estado oculta un documento que sí existe?

El resumen de este caso no lo establece expresamente. Lo que sí sostuvo el Consejo es que, en ausencia de antecedentes que contradigan la afirmación del órgano, no puede exigirse la entrega de información inexistente, lo que deja fuera de este caso cualquier procedimiento para acreditar la existencia del documento.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Ejército de Chil…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra el Ejército de Chi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular contra…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra el Ejército de Chile…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por un particular contra…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.