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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionario del Servicio de Registro Civil e Identificación para acceder a los beneficios por retiro voluntario y adicional del título II de la ley N° 19.882 y del artículo 1° de la ley N° 20.948. El organismo concluyó que no procede concederlos, porque el peticionario no cumple los lapsos mínimos de desempeño exigidos. Se constató que fue nombrado a contrata en el servicio con posterioridad al período de honorarios y a desempeños previos en otras entidades públicas, sin reunir los cinco años de desempeño continuo inmediatamente anteriores a la postulación ni el año de servicio anterior a la publicación de la ley N° 20.948 exigido por su artículo 2°. Por ello, el dictamen dispone transcribirlo al Servicio de Registro Civil e Identificación y a la Dirección de Presupuestos.

Normas citadas

  • ley 19882 art/séptimo inc/1
  • ley 19882 art/octavo
  • ley 19882 art/séptimo inc/2
  • ley 19882 art/séptimo inc/3
  • ley 20948 art/1 inc/1
  • ley 19882 tit/II
  • dl 3500/80 art/17
  • ley 20948 art/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede otorgar el beneficio de retiro voluntario de la ley 19.882 a un funcionario que fue nombrado a contrata después de haber trabajado a honorarios?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no procede concederlo, porque el funcionario no cumplía los lapsos mínimos de desempeño exigidos, al haber sido nombrado a contrata con posterioridad al período de honorarios y a desempeños previos en otras entidades públicas.

¿Qué requisito de tiempo de desempeño continuo se exige para acceder al retiro voluntario y al beneficio adicional de la ley 20.948?

En este caso, el organismo sostuvo que se exigen cinco años de desempeño continuo inmediatamente anteriores a la postulación, además del año de servicio anterior a la publicación de la ley 20.948 que exige su artículo 2°, requisitos que el peticionario no reunió.

¿Puede la Contraloría pronunciarse sobre la procedencia de beneficios de retiro de la ley 19.882 para funcionarios del Registro Civil?

En este caso, la Contraloría se pronunció sobre la solicitud de un funcionario del Servicio de Registro Civil e Identificación, concluyendo que no procedía otorgar los beneficios y disponiendo transcribir el dictamen a ese servicio y a la Dirección de Presupuestos.

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