Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, que pretendía acceder al informe profesional que calificó el otorgamiento del beneficio de patrocinio judicial gratuito a una usuaria determinada. El órgano se opuso a la entrega alegando que el informe contiene datos personales y sensibles de la usuaria, recolectados exclusivamente para obtener la calificación socioeconómica necesaria para tramitar su patrocinio. El Consejo acogió esas alegaciones, estimando que la publicidad de los antecedentes afectaría la esfera de la vida privada de la persona usuaria, y rechazó el amparo por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en el ejercicio de la atribución del artículo 33 letra m) de dicha ley. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes del Consejo Directivo.