El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto contra el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. La recurrente había presentado una petición de asistencia relacionada con un subsidio que habría sido rechazado en varias oportunidades, debido a un trámite de rectificación administrativa pendiente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. El Consejo concluyó que no existía una solicitud de acceso a la información en los términos de la Ley de Transparencia, por lo que no se verificó una vulneración de ese derecho y el amparo carecía de un elemento habilitante para su interposición. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación, sin que proceda recurso de reposición.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 18.575
Ley N° 19.880
D.S. N° 13
D.F.L. N° 1
Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad
Preguntas frecuentes
¿Procede un amparo de acceso a la información si la persona solo presentó una petición de asistencia y no una solicitud de información pública?
En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que no existía una solicitud de acceso a la información en los términos de la Ley de Transparencia, por lo que el amparo fue declarado inadmisible al carecer de un elemento habilitante para su interposición.
¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?
En este caso, el Consejo señaló que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación, sin que proceda recurso de reposición.
¿Puede interponerse recurso de reposición contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?
En este caso, el Consejo sostuvo que no procede recurso de reposición contra su decisión, la que puede impugnarse únicamente mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
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