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El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos contra la Ilustre Muni…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos contra la Ilustre Municipalidad de Melipilla, relativos a una solicitud de información sobre actas de entrega y devolución de equipos telefónicos de ex autoridades municipales, así como sobre reemplazos y subrogaciones. Aunque la información general fue tenida por entregada de forma extemporánea, se ordenó la entrega de las actas de devolución de equipos telefónicos de las personas individualizadas en la decisión, por tratarse de información pública cuya inexistencia no fue acreditada por el órgano reclamado. Asimismo, el Consejo ordenó acreditar el cumplimiento de la entrega en plazo, representó al alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder la solicitud dentro del plazo legal, y encomendó la notificación de la decisión. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Un municipio debe entregar las actas de devolución de equipos telefónicos de ex autoridades si alguien lo pide por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó la entrega de las actas de devolución de equipos telefónicos de las personas individualizadas, por tratarse de información pública cuya inexistencia no fue acreditada por el órgano reclamado.

¿Qué pasa si un municipio no responde una solicitud de información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo representó al alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia por no responder la solicitud dentro del plazo legal, y ordenó acreditar el cumplimiento de la entrega en plazo.

¿Qué plazo hay para reclamar contra una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, se indicó que contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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