Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Agrícola María Isabel Limitada reclamó contra las Resoluciones n°s.1795 y 1796 del Director General de Aguas, que denegaron sus solicitudes de derechos de aprovechamiento provisionales de aguas subterráneas en Copiapó. La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó la reclamación. La sociedad interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, alegando infracción de los artículos 22, 60, 66 y 141 del Código de Aguas y de los artículos 19 y 23 del Código Civil. La Corte Suprema rechazó el recurso, considerando que no se vulneraron los preceptos legales. Sostuvo que el artículo 22 del Código de Aguas se aplica a las aguas subterráneas conforme al artículo 57, y que la autoridad tiene facultades para denegar solicitudes si no hay disponibilidad del recurso o la solicitud no es legalmente procedente. Además, estimó que la discrecionalidad administrativa no fue excedida y que los derechos de terceros están cautelados por el procedimiento de oposición.