El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Santiago, que había denegado el acceso a los decretos municipales que ordenan procesos disciplinarios anunciados públicamente por la alcaldesa, vinculados a la fallida compra de la Clínica Sierra Bella. El organismo recurrido no logró acreditar que la entrega de esos actos administrativos pudiera afectar la investigación en curso, pues son actos que solo instruyen el procedimiento y no revelan diligencias ni resultados. Por ello, se ordenó su entrega, previa reserva de la identidad de denunciantes y funcionarios investigados, de datos personales de contexto y de antecedentes que permitan inferir su identidad o referirse a los hechos y diligencias sumariales. La municipalidad debe cumplir en el plazo fijado y acreditar la entrega, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.883
Ley N° 18.575
Ley N° 10.336
Ley N° 19.628
Oficio Ord. N° 680
Oficio Ord. N° 1096
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Un municipio puede negarse a entregar los decretos que ordenan procesos disciplinarios alegando que hay una investigación en curso?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque el municipio no logró acreditar que entregar esos decretos afectara la investigación, ya que solo instruyen el procedimiento y no revelan diligencias ni resultados. Se ordenó su entrega con reserva de identidades y datos personales.
¿Qué datos deben protegerse al entregar decretos de procesos disciplinarios en un procedimiento de acceso a la información pública?
En este caso, el organismo ordenó reservar la identidad de denunciantes y funcionarios investigados, los datos personales de contexto y los antecedentes que permitan inferir su identidad o referirse a hechos y diligencias sumariales.
¿Qué pasa si un municipio no cumple una orden del Consejo para la Transparencia de entregar información?
En este caso, el Consejo ordenó a la Municipalidad de Santiago cumplir la entrega dentro del plazo fijado y acreditarla, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.
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