Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Universidad de Chile por la negativa a entregar información sobre evaluaciones docentes realizadas por estudiantes entre 2014 y 2023. Se ordenó entregar el número de docentes evaluados por año, copia de los instrumentos de evaluación aplicados, los números y porcentajes de docentes evaluados insatisfactoriamente, y la cantidad de sumarios iniciados y terminados junto con las medidas adoptadas. El organismo había invocado la causal de distracción indebida, alegando que su entrega le demandaría 91 horas, pero el Consejo estimó que no se acreditó fehacientemente dicha causal, considerando el plazo legal de respuesta y el principio de máxima divulgación. Sin embargo, se rechazó el amparo respecto de las medidas adoptadas con los docentes evaluados insatisfactoriamente y sus documentos de respaldo, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°1, letra c), de la Ley de Transparencia, al estimar que su divulgación implicaría destinar un funcionario por 7.500 horas. La decisión admite reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.