Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una denuncia que planteaba un eventual conflicto de intereses del Presidente de la República para efectuar los nombramientos de las autoridades del Consejo Nacional de Televisión y de Televisión Nacional, por tener el Jefe del Estado participación accionaria en una empresa que podría ser parte en procedimientos o juicios. El órgano contralor concluyó que no advierte impedimento para que el Presidente cumpla con la función de efectuar dichos nombramientos y proposiciones, pues la sola condición de accionista, como persona natural, no lo inhabilita. Razonó que una interpretación contraria impediría el ejercicio de una función constitucional, dado que la ley solo prevé la subrogación del Jefe del Estado en los casos del artículo 29 de la Constitución, entre los cuales no se incluyen las designaciones, lo que afectaría la eficiencia y continuidad del servicio público. Precisó que, en todo caso, el Presidente deberá cumplir las normas que rigen su ejercicio, lo que será examinado en el control preventivo de juridicidad de los actos administrativos correspondientes y en la fiscalización de la Contraloría.