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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información presenta…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información presentado contra Gendarmería de Chile, relativo a resoluciones sobre beneficios intrapenitenciarios y a informes psicosociales de personas privadas de libertad. La decisión acoge el amparo en cuanto a las resoluciones, previo tarjado de datos personales y sensibles, y reserva el contenido de los informes psicosociales, salvo los pronósticos o recomendaciones técnicas. Uno de los consejeros fue disidente, sosteniendo que la opinión del evaluador puede contener información íntima cuyo conocimiento por terceros generaría consecuencias indeseadas, y que debía protegerse la reserva salvo consentimiento del evaluado. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley 19.628
  • D.S. N° 518
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 2.859
  • Decreto ley N° 2.859
  • Ley N° 19.880
  • Decreto ley N° 321
  • Decreto supremo N° 528
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder a las resoluciones sobre beneficios intrapenitenciarios de personas privadas de libertad en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar las resoluciones sobre beneficios intrapenitenciarios, previo tarjado de los datos personales y sensibles que contienen.

¿Los informes psicosociales de personas privadas de libertad son información pública?

En este caso, el Consejo reservó el contenido de los informes psicosociales, aunque sí permitió acceder a los pronósticos o recomendaciones técnicas que contienen. Un consejero disidente sostuvo que la opinión del evaluador puede tener información íntima y que debía protegerse la reserva salvo consentimiento del evaluado.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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