Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra el Instituto de Seguridad Laboral, que había denegado el acceso a una evaluación de puesto de trabajo. El Consejo ordenó su entrega, tarjando únicamente el nombre, cargo y funciones de un testigo que no otorgó su consentimiento, así como los datos personales de contexto como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, estado civil, teléfonos y correos particulares. La decisión se fundó en que se garantizó la confidencialidad de las declaraciones durante la evaluación, con el fin de evitar que testigos se inhiban de participar en este tipo de procedimientos, aplicando precedentes de amparos anteriores. Se rechazó el amparo en los puntos relativos a la disconformidad con el contenido de la información entregada, por exceder las facultades que la Ley de Transparencia confiere al Consejo.