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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra el In…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra el Instituto de Seguridad Laboral, que había denegado el acceso a una evaluación de puesto de trabajo. El Consejo ordenó su entrega, tarjando únicamente el nombre, cargo y funciones de un testigo que no otorgó su consentimiento, así como los datos personales de contexto como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, estado civil, teléfonos y correos particulares. La decisión se fundó en que se garantizó la confidencialidad de las declaraciones durante la evaluación, con el fin de evitar que testigos se inhiban de participar en este tipo de procedimientos, aplicando precedentes de amparos anteriores. Se rechazó el amparo en los puntos relativos a la disconformidad con el contenido de la información entregada, por exceder las facultades que la Ley de Transparencia confiere al Consejo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 16.744
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Resolución exenta N° 156
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar una evaluación de puesto de trabajo si contiene declaraciones de testigos que pidieron confidencialidad?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó entregar la evaluación de puesto de trabajo, pero tarjó el nombre, cargo y funciones del testigo que no consintió, porque se le había garantizado confidencialidad para que los testigos no se inhiban de participar.

¿Qué datos personales se pueden tachar al entregar información pública sobre un procedimiento de evaluación laboral?

En este caso, el Consejo ordenó tachar, además de los datos del testigo sin consentimiento, datos personales de contexto como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, estado civil, teléfonos y correos particulares.

¿Puede el Consejo para la Transparencia revisar si el contenido de la información entregada es correcto o adecuado?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo en los puntos en que se reclamaba la disconformidad con el contenido de la información entregada, por exceder las facultades que la Ley de Transparencia le confiere.

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