La Corte de Apelaciones de Santiago acogió parcialmente el recurso presentado por un al…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2024
Resumen
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió parcialmente el recurso presentado por un alumno contra una institución educacional, declarando abusiva la cláusula sexta del contrato de prestación de servicios educacionales. La cláusula permitía al Instituto Valle Central cambiar la modalidad de impartición de la carrera si el número de alumnos no era suficiente para asegurar su financiamiento, sin especificar el número requerido. La Corte estimó que esta disposición dejaba al libre arbitrio de la institución la determinación del número de alumnos considerado suficiente, generando incertidumbre y desequilibrio contractual. Se aplicaron las normas de la Ley N°19.496 sobre protección de derechos de los consumidores al contrato educacional y al pagaré asociado. La sentencia acogió la impugnación respecto de la modalidad de impartición, eliminando ciertos fundamentos de la sentencia de primera instancia.
Normas citadas
Ley N°19.496 sobre protección a los derechos de los consumidores
Ley N°18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés
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