Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular contra la Municipalidad de Providencia. El órgano municipal había entregado los documentos solicitados relativos a un memorándum y a un decreto de demolición, y el reclamo versaba sobre aspectos que no estaban incluidos en la solicitud original, como el estado actual de la situación y las medidas a adoptar respecto de la demolición. El Consejo resolvió que no cabe, por la vía del amparo, requerir a la entidad nuevos antecedentes que no fueron objeto de la solicitud inicial, conforme al artículo 12 letra b) de la Ley de Transparencia. Por no existir una vulneración al derecho de acceso a la información, declaró inadmisible el amparo por falta de un elemento habilitante para su interposición. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Puede un amparo de acceso a la información exigir a un órgano público documentos que no se pidieron en la solicitud original?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia resolvió que, por la vía del amparo, no cabe requerir nuevos antecedentes que no fueron objeto de la solicitud inicial, conforme al artículo 12 letra b) de la Ley de Transparencia.

¿Qué ocurre si el amparo se declara inadmisible por no haber vulneración del derecho de acceso a la información?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo porque no existió una vulneración al derecho de acceso a la información y faltó un elemento habilitante para su interposición.

¿Contra qué decisión del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad y en qué plazo?

En este caso, contra la resolución del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde su notificación.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2024 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo interpue…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Municipalidad d…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública i…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.