Resumen
La Contraloría General de la República rechazó una solicitud de reconsideración presentada por una exfuncionaria del Departamento de Administración de Educación Municipal de Huechuraba, quien reclamaba contra un oficio previo de ese organismo sobre revisión de remuneraciones, descuentos y finiquito. El dictamen ratifica el oficio impugnado. Respecto del seguro de cesantía, recuerda que el municipio debe deducir de la indemnización por años de servicio los aportes del empleador, conforme al artículo 13, inciso segundo, de la Ley N° 19.728, en los términos del certificado emitido por la administradora de fondos. En cuanto al proceso disciplinario solicitado, concluye que no procede instruirlo, pues la situación anómala denunciada se encontraba subsanada y tuvo su origen en una errónea interpretación de la jurisprudencia administrativa por parte del personal municipal.