Resumen del criterio jurisprudencial
Se acogen los amparos deducidos contra la Policía de Investigaciones de Chile ordenándose la entrega de todo antecedente que obre en poder del organismo, en el que conste la existencia de una prohibición de ingreso al territorio nacional respecto de la parte reclamante. Con todo, en el evento de no existir estos antecedentes, se deberá explicar y acreditar dicha situación en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de conformidad a la normativa aplicable en la especie. Lo anterior por cuanto lo solicitado trata de información de la propia reclamante, relativa a la eventual existencia de una prohibición de ingreso al territorio nacional; y respecto de lo cual no consta su entrega, ni se advierte la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación de lo pedido.