Resumen del criterio jurisprudencial
Servicios de Bienestar. Cálculo de aportes mensuales al Servicio de Bienestar para personas afiliadas jubiladas que han agotado sus fondos de capitalización individual y perciben exclusivamente la Pensión Garantizada Universal (PGU), precisando que esta última, por su naturaleza asistencial, no integra la base de cálculo, salvo estipulaciones reglamentarias específicas sobre el aporte institucional.