Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Ministerio de Bienes Nacionales, que se negaba a entregar información sobre las solicitudes, aprobadas y rechazadas, de concesiones onerosas y gratuitas de uso de terrenos fiscales. El organismo reclamado alegó la causal de distracción indebida, pero el Consejo la desestimó por tratarse de información pública. En su parte resolutiva, ordenó entregar el detalle de las solicitudes ingresadas entre 2010 y 2020, incluyendo objetivo, período, fecha, condiciones de aprobación, solicitantes y ubicación de los terrenos, dentro de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.