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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra el Instituto de Seguridad Laboral. La reclamante había expuesto molestias por errores de funcionarios del servicio relativos a su situación previsional y a pagos, sin reclamar la falta de publicación o completitud de información obligatoria en los sitios electrónicos del órgano. Por ello, el Consejo concluyó que no existía infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, faltando un elemento habilitante para interponer el reclamo. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, sin que proceda recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un reclamo ante el Consejo para la Transparencia por infracción a la transparencia activa si solo se cuestionan errores de atención de funcionarios?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el reclamo porque la reclamante expuso molestias por errores de funcionarios del servicio sin reclamar la falta de publicación o completitud de información obligatoria en los sitios electrónicos del órgano. Por ello, no existió infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento.

¿Qué plazo y recurso proceden contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo de transparencia activa?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación. No procede recurso de reposición.

¿Qué elemento debe existir para interponer un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que faltaba un elemento habilitante para interponer el reclamo, pues no se alegó la falta de publicación o completitud de información obligatoria en los sitios electrónicos del Instituto de Seguridad Laboral. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes.

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