Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado en contra del Ejército de Chile, en el que el reclamante solicitaba su hoja de vida y diversas resoluciones, comunicaciones y actos administrativos, además de cuestionar el cobro de costos de reproducción. El organismo se allanó a entregar la información en los términos pedidos, por lo que el Consejo tuvo por entregada de manera extemporánea la hoja de vida y acogió parcialmente el amparo. Se ordenó entregar la documentación en formato digital por correo electrónico, tarjando previamente los datos personales de contexto, con un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Se rechazó el amparo respecto de los actos que no obran en poder del organismo, y también en cuanto al cobro de costos directos de reproducción, al ajustarse a la normativa vigente.