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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra la Municipalidad de Ovalle, por la falta de respuesta oportuna a una solicitud de información relativa al certificado de recepción definitiva de una propiedad ubicada en esa comuna. Dado que el órgano respondió fuera de plazo, el Consejo acogió el amparo y tuvo por entregada la información de manera extemporánea, al haberse hecho efectivo el apercibimiento de que, sin comunicación del reclamante dentro del plazo señalado, se entendería su conformidad con lo entregado. Además, el Consejo resolvió representar al Alcalde la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia, por no responder dentro de los plazos legales, para que se adopten medidas que eviten su reiteración.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si un órgano de la administración del Estado responde fuera de plazo una solicitud de información pública en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo porque la municipalidad respondió extemporáneamente y tuvo por entregada la información de forma tardía, al haberse hecho efectivo el apercibimiento de que se entendería la conformidad del solicitante si no reclamaba dentro del plazo. Además, representó al Alcalde la infracción de los artículos 14 y 11 letra h) de la Ley de Transparencia.

¿Qué efecto tiene el silencio del solicitante ante una respuesta tardía a una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que, al no comunicar el reclamante su disconformidad dentro del plazo señalado, se entendió que estaba conforme con la información entregada por la municipalidad, aunque esta hubiera sido extemporánea.

¿El Consejo para la Transparencia puede sancionar directamente a un municipio por no responder a tiempo una solicitud de información?

En este caso, el Consejo no impuso una sanción directa, sino que resolvió representar al Alcalde la infracción a los plazos legales para que adopte medidas que eviten su reiteración.

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