Resumen del criterio jurisprudencial
La parte recurrente, Ana Isabel Ruiz Herrera, interpuso un recurso de protección contra la AFP Provida por la negativa a autorizar el retiro de fondos previsionales. Alegó que cumplía con los requisitos de la Ley N°18.156 y que la decisión vulneraba sus garantías constitucionales. El tribunal analizó el artículo 1° y 7° de la Ley N°18.156, que exigen la presentación de una certificación de afiliación a un régimen de seguridad social extranjero debidamente legalizada. Asimismo, consideró la normativa administrativa emitida por la Superintendencia de Pensiones y los oficios que precisan la apostilla del documento. Al no haberse acreditado el cumplimiento de dichos requisitos, el tribunal concluyó que la AFP actuó dentro del marco legal. Por tanto, confirmó la sentencia de la instancia inferior y rechazó el recurso de protección.