Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el Instituto Nacional de Deportes (IND) puede otorgar un premio por cada medalla obtenida por deportistas en juegos suramericanos, panamericanos, parapanamericanos, olímpicos, paralímpicos y campeonatos mundiales, conforme al decreto N° 6, de 2011, del Ministerio Secretaría General de Gobierno. El organismo concluyó que el criterio del IND es ajustado a derecho, pues la normativa no contiene limitación alguna que impida premiar cada medalla en las condiciones que el reglamento exige, y su artículo 10 fija los montos según tipo de medalla y competición. Lo contrasta con el artículo 8°, que sí establece expresamente un máximo de un premio por récord nacional y otro por récord suramericano, lo que demuestra que las restricciones deben ser explícitas. Se dispuso que, si surgen situaciones contrarias a esta interpretación, se adopten medidas de regularización, sin perjuicio del plazo de prescripción del artículo 2.515 del Código Civil.