Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de un funcionario que cuestionó que el concurso interno de promoción de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo no incluyera vacantes de grado 5 de la planta profesional, pese a que, según el reclamante, existían cargos disponibles. El organismo indicó que la convocatoria a concursos para proveer vacantes es una atribución discrecional de la autoridad de cada servicio, no sujeta a plazo, y que la determinación de su oportunidad y conveniencia corresponde a la Administración activa. Advirtió, sin embargo, que esa facultad no permite dilatar o suspender indefinidamente los concursos, por afectar la carrera funcionaria consagrada en el artículo 38 de la Constitución. Concluyó que no constituye infracción que no se provean todos los cargos disponibles mediante un mismo certamen, siempre que no se aplace continuamente su ejecución.