El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos deducidos en contra de la Corporac…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó los amparos deducidos en contra de la Corporación Municipal de Providencia por la entrega de copias de órdenes de compra, facturas e información contable asociada a gastos consultados. Se estimó que el Ministerio Público es el órgano en mejor posición para pronunciarse sobre el requerimiento, por lo que se derivó la solicitud de información a dicho organismo. Además, se representó a la autoridad comunal la infracción al artículo 13 de la Ley de Transparencia, por no haber acreditado la aplicación del procedimiento de derivación de la solicitud, ordenándose adoptar las medidas necesarias para adecuar sus actividades a la ley. La decisión fue adoptada por unanimidad y en contra de ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué debe hacer un organismo público si recibe una solicitud de información que corresponde a otro órgano según la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que el Ministerio Público era el organismo en mejor posición para pronunciarse, por lo que derivó la solicitud a dicho órgano. Además, representó a la autoridad comunal la infracción al artículo 13 de la Ley de Transparencia por no acreditar la aplicación del procedimiento de derivación.
¿Procede un amparo al derecho de acceso a la información contra una municipalidad o corporación municipal por entrega de órdenes de compra y facturas?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó los amparos deducidos contra la Corporación Municipal de Providencia por la entrega de copias de órdenes de compra, facturas e información contable asociada a gastos consultados. La decisión se fundó en que el requerimiento debía ser atendido por el Ministerio Público.
¿Contra qué resoluciones del Consejo para la Transparencia procede el reclamo de ilegalidad?
En este caso, la decisión del Consejo para la Transparencia fue adoptada por unanimidad, y contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante. Esta vía de impugnación se aplica a la resolución que rechazó los amparos y ordenó adecuar las actividades de la autoridad comunal.
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