Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo por inf…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo por infracción a normas de transparencia activa presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones. El reclamante alegaba demoras en la tramitación de una visa de residencia definitiva y la imposibilidad de obtener una cédula vigente, lo que no constituye una infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, que obligan a los órganos públicos a mantener información en sus sitios electrónicos. Al no existir un elemento habilitante para el reclamo, el Consejo, por unanimidad, lo declaró inadmisible.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué conductas configuran una infracción a las normas de transparencia activa según la Ley de Transparencia?
Según esta resolución, la infracción a transparencia activa se refiere al incumplimiento de la obligación de mantener información en los sitios electrónicos de los órganos públicos, conforme al artículo 7° de la Ley y al artículo 51 de su Reglamento, y no a la demora en trámites administrativos.
¿Qué ocurre si un reclamo ante el Consejo para la Transparencia no tiene un elemento habilitante?
En este caso, el Consejo, por unanimidad, declaró inadmisible el reclamo contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque al no existir un elemento habilitante no se configuraba una infracción a las normas de transparencia activa.
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