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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo presentado por un partic…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo presentado por un particular en contra de un Servicio Local de Educación Pública, relativo a información sobre contratación de personal administrativo y arriendo de vehículos. La decisión se fundó en que, al revisar la admisibilidad, se advirtió que no existía claridad en la infracción reclamada. En virtud de ello, el Consejo requirió al recurrente subsanar dicha omisión en el plazo de cinco días hábiles, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, sin que la parte interesada realizara presentación alguna. Por lo tanto, al no haberse aclarado la reclamación, se declaró inadmisible el amparo, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 del Reglamento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una persona presenta un amparo ante el Consejo para la Transparencia y no aclara la infracción reclamada?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque no se aclaró la infracción reclamada. Le había dado al recurrente cinco días hábiles para subsanar la omisión, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, y no hizo presentación alguna.

¿Puede el Consejo para la Transparencia exigir que se subsane un amparo antes de decidir sobre su admisibilidad?

Sí, según lo resuelto en este caso, el Consejo requirió al recurrente aclarar la reclamación en un plazo de cinco días hábiles antes de pronunciarse. Como no se cumplió, la decisión de inadmisibilidad se fundó en los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento.

¿Se puede reclamar ante el Consejo para la Transparencia por la contratación de personal o el arriendo de vehículos de un Servicio Local de Educación Pública?

En este caso, el amparo se presentó contra un Servicio Local de Educación Pública por información sobre contratación de personal administrativo y arriendo de vehículos. Sin embargo, el Consejo lo declaró inadmisible por falta de claridad en la infracción reclamada, por lo que no se pronunció sobre el fondo del asunto.

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