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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Secretaría Regio…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso, ordenando la entrega de copia del expediente de regularización de una propiedad. La información deberá ser entregada previa reserva de datos personales de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular. Se estimó que se trata de información pública en poder del órgano en ejercicio de sus funciones legales, desestimándose las alegaciones del tercero interesado. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia previa del Consejo y advierte que el incumplimiento podrá ser sancionado conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, con multas y eventual suspensión del cargo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 2.695
  • Decreto ley N° 2.695
  • Resolución Exenta N° 140
  • Oficio N° 11392
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder al expediente de regularización de una propiedad que tramita un organismo público?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó entregar copia del expediente de regularización de una propiedad, por tratarse de información pública en poder del órgano en el ejercicio de sus funciones legales.

¿Qué datos personales se pueden reservar al entregar un expediente administrativo bajo la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó la entrega previa reserva de datos personales de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular.

¿Qué consecuencias tiene que un órgano no cumpla una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo advirtió que el incumplimiento de su decisión podrá ser sancionado conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, con multas y eventual suspensión del cargo.

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