Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso, ordenando la entrega de copia del expediente de regularización de la propiedad solicitado. El órgano deberá tarjar previamente los datos personales de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular. Se consideró que se trata de información pública que obra en poder del órgano conforme a sus funciones legales, sin que se configuraran las alegaciones del tercero ni la causal de reserva por afectación de derechos de las personas. Se siguieron los criterios de decisiones previas del mismo Consejo. Además, se apercibió al órgano con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante un eventual incumplimiento, y se ordenó acreditar la entrega efectiva de la información.