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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Superintendencia de Servicios Sanitarios, por considerar que la reclamante no ejerció el derecho de acceso a información pública, sino que expuso reclamos sobre problemas con un medidor de agua, materia ajena a la Ley de Transparencia. El Consejo señaló que la recurrente puede formular una nueva solicitud de acceso a la información pública al órgano reclamado o a cualquier otro órgano de la Administración del Estado, requiriendo en forma clara y precisa la entrega de un determinado acto, documento o antecedente, así como también podrá interponer un nuevo amparo dentro del plazo de quince días hábiles desde la notificación de la eventual negativa a la solicitud de información, o una vez terminado el plazo de 20 días que dispone el órgano requerido para dar respuesta.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadServicios Básicos

Preguntas frecuentes

¿Un reclamo por un problema con el medidor de agua puede tramitarse como amparo de acceso a la información pública?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque la reclamante no ejerció el derecho de acceso a información pública, sino que expuso reclamos sobre un medidor de agua, materia ajena a la Ley de Transparencia.

¿Qué puede hacer una persona si el Consejo declara inadmisible su amparo por no tratarse de una solicitud de acceso a la información?

En este caso, el Consejo señaló que la recurrente puede presentar una nueva solicitud de acceso a la información pública al órgano o a otro de la Administración del Estado, requiriendo en forma clara y precisa un acto, documento o antecedente determinado.

¿Cuál es el plazo para presentar un nuevo amparo tras una negativa a una solicitud de información?

En este caso, el Consejo indicó que puede interponerse un nuevo amparo dentro de quince días hábiles desde la notificación de la negativa, o una vez vencido el plazo de 20 días que tiene el órgano para responder.

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